Ley del Reciclaje: Aprueban nuevas metas para el reciclaje de pilas y aparatos electrónicos

Tiempo de lectura: 2 minutos El Consejo de Ministros para la Sustentabilidad aprobó un nuevo decreto que establece metas obligatorias para la recolección y valorización de pilas y aparatos eléctricos y electrónicos.
En un hito para la política ambiental del país, el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático, presidido por la ministra del Medio Ambiente, Maisa Rojas, dio luz verde al decreto que fija las metas de recolección y valorización para pilas, aparatos eléctricos y electrónicos, incluyendo por primera vez los paneles fotovoltaicos.
Esta nueva regulación se enmarca en la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor (REP), conocida popularmente como la Ley del Reciclaje, que busca que quienes introducen productos en el mercado se hagan cargo de ellos al final de su vida útil.
Con esta aprobación, las pilas y los aparatos electrónicos se suman a la lista de productos prioritarios ya regulados, como los neumáticos, los envases y embalajes, y los aceites lubricantes. El objetivo es claro: reducir el impacto ambiental de los residuos más complejos y fomentar la reutilización de sus componentes.
«La aprobación de este decreto representa un paso muy importante para consolidar una gestión responsable de los residuos más complejos (…). Su correcta recolección y valorización no solo evita impactos negativos al medio ambiente, sino que también permite recuperar materiales valiosos y extender la vida útil de los productos», destacó la ministra.
Metas progresivas para una economía circular
El nuevo decreto establece un esquema de metas graduales que los productores deberán cumplir. Para la categoría general de pilas y aparatos eléctricos y electrónicos, la recolección deberá comenzar con un 3% del total de productos introducidos al mercado durante el primer año de vigencia, para luego aumentar progresivamente hasta alcanzar un ambicioso 45% en el décimo año.
Adicionalmente, la normativa contempla metas específicas para artículos de mayor complejidad y potencial contaminante. Los aparatos de intercambio de temperatura, como refrigeradores y aires acondicionados, tendrán sus propias exigencias. En el caso de los paneles fotovoltaicos, un residuo emergente de gran relevancia, la meta de recolección comenzará en un 10% a partir del tercer año y deberá llegar al 50% en una década. Estas metas diferenciadas aseguran que los sistemas de gestión se hagan cargo de los residuos más difíciles y costosos de tratar.
¿Cómo y dónde se podrán reciclar estos productos?
Uno de los pilares de la Ley REP es facilitar la participación ciudadana. Para ello, el decreto define tres modalidades principales de recolección que los «sistemas de gestión» —organismos que agrupan a los productores— deberán implementar:
Puntos limpios y verdes: Se establecerá una red de puntos de recolección fijos, distribuidos a lo largo del país en función de la densidad poblacional de cada comuna.
Campañas de recolección domiciliaria: Los sistemas de gestión tendrán la obligación de coordinar y ejecutar campañas de retiro a domicilio al menos dos veces al año, facilitando el reciclaje para quienes no pueden desplazarse.
Recolección en el comercio: Se instalarán puntos de acopio en locales comerciales que vendan estos productos y cuya superficie supere los 400 m², integrando el reciclaje en la experiencia de compra.
Tras la aprobación del Consejo de Ministros, el decreto debe ser firmado por el Presidente de la República y luego pasar por la toma de razón de la Contraloría General de la República antes de su publicación en el Diario Oficial.
Una vez publicado, se establece un plazo de dos años para que los productores y actores involucrados se preparen, iniciando el primer año de cumplimiento de metas posteriormente. Con este nuevo avance, Chile consolida su ruta hacia una gestión de residuos moderna y sostenible.